La Justicia Federal de Córdoba procesó al camarista Abel Guillermo Sánchez Torres como presunto autor de los delitos de abuso de autoridad y lesiones graves calificadas por mediar violencia de género, en concurso real, en el marco de una causa iniciada a partir de la denuncia de la entonces secretaria penal de la Cámara Federal, Celina Laje Anaya.
La decisión fue adoptada por el titular del Juzgado Federal N°2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, quien además ordenó trabar un embargo por $70 millones sobre los bienes del magistrado y comunicar la resolución al Consejo de la Magistratura de la Nación.
La investigación, impulsada por los fiscales federales Pablo Nicolás Turano y Maximiliano Hairabedián, alcanzó también a la camarista Graciela Susana Montesi.
El fallo, de más de 160 páginas, analiza tres episodios diferentes relacionados con el funcionamiento interno de la Cámara Federal de Córdoba y con la situación atravesada por Laje Anaya.
Por la denominada causa “Padilla”, Sánchez Freytes dictó la falta de mérito de Sánchez Torres y Montesi. En el episodio correspondiente a la causa “Humanes”, en cambio, procesó a Sánchez Torres por abuso de autoridad y sobreseyó parcialmente a Montesi.
El tercer hecho es el relacionado con el presunto hostigamiento sufrido por Laje Anaya, por el cual Sánchez Torres fue procesado por lesiones graves calificadas por mediar violencia de género.
El conflicto por la integración de la Cámara
Uno de los hechos centrales de la investigación ocurrió en diciembre de 2023, cuando Sánchez Torres dispuso integrar la Sala B con Montesi para intervenir en la causa “Humanes”.
Según reconstruye la resolución, Sánchez Torres habría ordenado a Laje Anaya confeccionar un certificado que dejara constancia de esa integración. La secretaria se negó porque consideraba que contrariaba el Acuerdo 316/2023 que regulaba las subrogancias.
Pese a esa advertencia, el camarista dispuso por decreto la integración. Posteriormente, la jueza Liliana Navarro también la cuestionó por considerar que existía una “evidente contradicción con el Acuerdo N° 316/2023” y pidió dejarla sin efecto. Finalmente, Sánchez Torres revocó la incorporación de Montesi.
Sánchez Freytes entendió que la conducta de Sánchez Torres configuraba, con el grado de probabilidad requerido en esta instancia, el delito de abuso de autoridad.
La denuncia de Laje y el deterioro de su salud
El fallo analiza luego lo ocurrido con Laje después de aquel enfrentamiento.
La acusación sostiene que Sánchez Torres habría desplegado sobre la funcionaria actos sistemáticos y recurrentes de maltrato y violencia laboral, mediante descalificaciones, pérdida de funciones y sobrecarga de tareas, entre otras situaciones.
En este punto aparece una de las cuestiones jurídicas relevantes de la resolución: por qué el hecho fue calificado como lesiones graves.
El juez consideró que el presunto maltrato no sólo habría producido un cuadro psicológico, sino un daño en la salud que imposibilitó a Laje trabajar durante un período ampliamente superior a un mes, circunstancia contemplada por el artículo 90 del Código Penal para las lesiones graves.
La resolución detalla que en abril de 2024 una cardióloga constató, entre otros síntomas, palpitaciones, hipertensión, crisis de llanto y ansiedad, y posteriormente una psiquiatra determinó que Laje no estaba en condiciones de regresar a trabajar.
Las licencias se prolongaron y una Junta Médica terminó diagnosticando “trastorno por estrés post-traumático - episodio depresivo moderado”.
Para Sánchez Freytes, además, existió en esta instancia un nexo causal entre el hostigamiento atribuido al camarista y ese deterioro físico y psíquico. El magistrado sostuvo que la afección no respondía a un factor previo o ajeno y valoró para ello las juntas médicas, los testimonios de las profesionales que atendieron a Laje y las declaraciones de empleados y funcionarios judiciales.
Es esa combinación —daño a la salud, prolongada imposibilidad laboral y relación causal atribuida al hostigamiento— la que llevó al juez a encuadrar provisoriamente el hecho como lesiones graves. El agravante por violencia de género fue aplicado al considerar que se habría tratado de violencia psicológica en modalidad laboral, ejercida en un contexto de superioridad jerárquica.
Los mensajes que aparecen en el expediente
La resolución también incorpora comunicaciones que muestran cómo Laje describía su situación mientras se desarrollaba el conflicto.
En un intercambio del 21 de agosto de 2025 con el camarista Eduardo Ávalos, Laje escribió:
“Estoy bastante mal. Con la presión de Mario y S.T. desde que llegué para dejar el cargo. No te quiero jorobar, sólo decirte que la estoy pasando muy mal”.
Y agregó:
“Estoy con malos tratos desde que llegué. Seguí tu consejo e hice la nota, aunque muy coaccionada, sin poder ni pensarlo ni fijarme en mi situación”.
En otro pasaje expresó:
“Es un espanto lo que he vivido, me han venido a robar el cargo”.
Según señala la resolución, Ávalos reconoció la conversación posteriormente al declarar como testigo.
También aparece un intercambio entre Ávalos y Juan Martín Gatsch, marido de Laje, cuando se analizaba la posibilidad de realizar una denuncia. Allí, Ávalos manifestó que denunciar significaba “meterse en más quilombo” y planteó que lo importante era terminar con la situación.
Gastch respondió: “la han extorsionado para hacer la permuta del cargo. Le mandaron esbirros para apretarla”.
La discusión por la permuta
Otro momento central ocurrió cuando comenzó a analizarse que Laje dejara su puesto de secretaria de Cámara y pasara a desempeñarse como secretaria de primera instancia.
Según la resolución, el cambio significaba un descenso en su carrera judicial, reducción salarial e impacto en su haber jubilatorio.
El expediente contiene además la grabación de una reunión realizada el 22 de agosto de 2025. Allí, Sánchez Torres habría requerido insistentemente que Laje ratificara que aceptaba la permuta con “discernimiento, intención y libertad”.
La funcionaria manifestó que no había podido pensar adecuadamente la propuesta, que se encontraba abrumada y pidió esperar el regreso de Ávalos antes de tomar una decisión.
Tres días después, la Cámara aprobó por mayoría la permuta, con los votos de Sánchez Torres y Montesi y la disidencia de Navarro. Laje dejó entonces la Secretaría de Cámara y pasó a desempeñarse como secretaria de primera instancia.
La resolución
Finalmente, Sánchez Freytes ordenó el procesamiento de Sánchez Torres por abuso de autoridad y lesiones graves calificadas por mediar violencia de género, ambos delitos en concurso real.
También trabó un embargo por $70 millones, aunque rechazó el pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal para disponer su detención cautelar bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Además, ordenó comunicar la decisión al Consejo de la Magistratura para que adopte las medidas que considere correspondientes.
Respecto de Montesi, dispuso su sobreseimiento parcial por el hecho relacionado con la causa “Humanes”, mientras que por “Padilla” dictó la falta de mérito de ambos camaristas.
La resolución no implica una condena. El procesamiento supone que el juez consideró reunido el grado de probabilidad necesario en esta etapa para que Sánchez Torres continúe sometido al proceso por esos delitos.